02 noviembre 2006

Libre contratación laboral

Lisardo Bolaños Fletes
Investigador Asociado
CIEN

Al día de hoy, la mala fama de la libre contratación laboral se debe a que nuestra historia se encuentra plagada de “acuerdos” entre empresarios y autoridades que perjudicaban a los trabajadores. Por eso, considero que el sistema jurídico laboral guatemalteco debe orientarse alrededor de: 1) libertad de contratación; 2) un Estado que garantice el cumplimiento imparcial de los contratos laborales; y, 3) que el Estado cuente con mecanismos que eviten los favoritismos y la corrupción.

¿Por qué promover la libre contratación?

El principal beneficio sería que el sistema jurídico guatemalteco no penalice, sino que defienda, aquellos acuerdos laborales voluntarios que surgen constantemente y que son beneficiosos. Acuerdos que, a diferencia de nuestro Código Laboral, muestran una realidad cambiante y mutuamente beneficiosa. ¿Por qué digo esto?

Desde hace más de cincuenta años, los políticos y legisladores guatemaltecos han pensando que sólo existen dos tipos de trabajadores: el agricultor ignorante y semi-esclavo y el obrero industrial poco calificado y sindicalizado. Al mismo tiempo, han pensado que sólo existen dos tipos de empresarios: los latifundistas explotadores y los industriales con privilegios fiscales y protección arancelaria. Es más, tomando en cuenta la legislación que han producido (ej.: el Código Laboral) y los acuerdos políticos que han establecido (ej.: el Mercado Común Centroamericano), llegaron a “soñar” el futuro de Guatemala, buscando minimizar la producción agrícola y promover, al máximo, la industrialización guatemalteca.

Sin embargo, en las últimas dos décadas, los políticos y legisladores guatemaltecos se percataron que el modelo de sustitución de importaciones se había agotado y que no era creíble que generaría mayor bienestar, por ello apostaron por la penetración de Guatemala en los mercados internacionales. Por ello, Guatemala ha venido cambiando gradualmente su estructura productiva, para responder a los deseos de los consumidores mundiales: calidad, diversificación productiva, atención especial a nichos de mercado, tiempos de entrega, etc. Esto ha requerido inversiones importantes en capital físico, social, humano y en tecnología, para afrontar adecuadamente a la competencia internacional y adaptarse rápidamente a las condiciones altamente cambiantes del mercado internacional.

Ahora bien, abrimos el mercado, pero mantenemos una legislación laboral que respondía a la Guatemala de 1950. Y por lo tanto, el Estado de Guatemala sigue interpretando las relaciones laborales a través de la esclavitud o del enfrentamiento patrón-sindicato; o, como si sólo existieran las grandes plantaciones o las grandes fábricas industriales. Con dicho marco jurídico, el problema es que toda relación laboral que no se adapte a tal descripción tiene el peligro de ser destruidas. Así que existe el peligro que todas las relaciones laborales que no sean del tipo latifundio-esclavista o del tipo industria (protegida) -sindicalista están siendo amenazadas por la legislación guatemalteca.

Lo anterior no sería un problema si la Guatemala de hoy se pareciera a los sueños de los políticos y legisladores de hace cincuenta, cuarenta o treinta años. El problema es que la Guatemala de hoy NO es así. Estoy seguro que, si pasamos la encuesta entre los lectores, encontraremos que casi ninguno trabaja o conoce trabajadores, que sean agricultores ignorantes de latifundio u obreros poco calificados de una industria protegida.

¿Cuál es la conclusión? Nuestro Código Laboral sólo sirve para obstaculizar la generación de nuevas empresas y nuevos negocios, que nunca se creyeron posibles hace cincuenta años, pero que podrían incrementar la calidad de vida de los guatemaltecos. Por eso abogo por la libertad de contratación laboral.

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