05 noviembre 2006

CAFTA y Derechos Laborales

Hugo Maul
Director del Área Económica
CIEN

Durante las últimas décadas hemos sido testigos de un creciente proceso de integración a la economía mundial; el aumento en el intercambio comercial, los flujos de inversión directa y los flujos de capital financiero son cada vez más importantes para los países de la región. Si a esto se suma la entrada en vigencia del DR-CAFTA pareciera que ya nada hace falta para que el “modelo globalizador” empiece a dar los resultados que todos esperan. Sin embargo, la apertura comercial y financiera, aunque condición necesaria para desatar un proceso crecimiento, no es una condición suficiente para garantizar tal resultado. Para que este proceso pueda dar los resultados deseados es necesario reformar, a nivel nacional y regional, varias instituciones y campos de política económica que limitan el impacto positivo del mismo. Uno de estos, sin duda alguna, es el de campo laboral

Cuando se toma en cuenta que la regulación regional en esta materia introduce costos e inflexibilidades comparables a las de países en donde la mano de obra es más escasa y la productividad de la misma es mucho más alta, resulta clara la importancia de repensar estas regulaciones. Y aunque pueda resultar políticamente incorrecto decirlo, es importante mencionar que cualquier reforma en este campo debe revisar a profundidad el papel que estos costos e inflexibilidades juegan en la explicación del desempleo, subempleo y actividad económica independiente (la mal llamada informalidad). Con la regulación laboral existente resulta muy complicado adoptar modalidades organizacionales flexibles, como las que exige el mundo globalizado, ante lo cual, sin importar cuán abierta esté la economía a los flujos comerciales o a la inversión extranjera directa, las posibilidades de crear empleos y mejorar los ingresos se encuentran seriamente limitadas.

Más complicado aún cuando se considera que, debido al DR-CAFTA, cualquier cambio a nivel regional en materia laboral debe obedecer al principio de la “armonización hacia arriba”. Es decir, modificaciones que tiendan a proteger más a los trabajadores. Sin embargo, como se explicó antes, las regulaciones laborales de la región son, en promedio, más costosas e inflexibles que las existentes otras regiones del mundo, por lo cual dicha “armonización” seguramente es la forma más segura de garantizar que no se crearan todos los puestos de trabajo que el DR-CAFTA podría generar. Una cosa es la protección a los trabajadores, otra encarecer innecesariamente la mano de obra, hacer rígida la relación laboral y no reconocer la abundancia relativa de mano de obra poco calificada.

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